
Eldorado adhiere a las modificaciones de la Ley Nacional de Tránsito y se implementará la licencia de conducir digital
Fue aprobado por unanimidad en el Concejo Deliberante
Daniela Rivas
En la sesión ordinaria de este miércoles, el Concejo Deliberante de la ciudad de Eldorado aprobó por unanimidad el proyecto presentado por el concejal del bloque PRO, Fernando Montiel, mediante el cual el municipio adhiere en forma total al Decreto Nacional 196/2025, vinculado a la Ley Nacional de Tránsito, en todos aquellos aspectos que sean de competencia municipal.
La nueva ordenanza establece que todas las normativas locales en materia de tránsito, licencias de conducir, revisión técnica vehicular (RTO) y control de circulación deberán adecuarse a lo dispuesto en el decreto nacional y en la ordenanza aprobada.
¿QUÉ ESTABLECE LA NUEVA ORDENANZA?
Entre los puntos clave, se detalla que la documentación exigible –como DNI, licencia de conducir, cédula del vehículo, seguro vigente y RTO– solo podrá ser requerida por la autoridad competente y deberá ser devuelta inmediatamente, salvo en los casos contemplados por la ley.
Además, se enumeran los requisitos indispensables para circular en vehículos automotores, entre los que se incluyen: portar la licencia habilitante (física o digital), seguro vigente, matafuegos, balizas normalizadas, uso de correajes de seguridad, casco para motociclistas, y cumplimiento de las condiciones técnicas del vehículo.
La Dirección de Tránsito y Transporte del Municipio será la autoridad de aplicación y se encargará de la implementación y supervisión de las nuevas disposiciones. También se prevé la creación de un mecanismo específico para suspender licencias digitales en caso de infracciones graves.
Por último, se instruyó a las áreas municipales a coordinar con la Dirección de Tránsito la adecuación de la normativa local y su correcta difusión para garantizar su cumplimiento.
¿QUÉ ESTABLECE LA LEY NACIONAL?
LICENCIA DE CONDUCIR FÍSICA Y DIGITAL
El Decreto Nacional 196/2025 establece que ña Licencia Nacional de Conducir será otorgada en formato digital con el contenido mínimo que exige la ley, y podrá ser replicada en formato físico.
La licencia en formato físico no tendrá fecha de vencimiento y será válida mientras lo sea la licencia digital.
Las licencias en formato digital y físico tendrán la misma validez legal.
Para las licencias de clases A, B y G, los titulares mayores de 65 años deberán constatar su aptitud psicofísica cada 3 años.
Para las licencias de clases C, D y E, la aptitud psicofísica deberá ser constatada cada 2 años.
Para personas mayores de 70 años, la licencia mantendrá su vigencia solo con la constatación anual de la aptitud psicofísica.
VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR
Según el Decreto Nacional 196/2025 las unidades particulares cero kilómetro tendrán un plazo de gracia de 60 meses contados a partir de su fecha de patentamiento inicial para realizar su primera Revisión Técnica Obligatoria Periódica (VTV)
Todos los vehículos que no sean de uso particular realizarán la primera Revisión Técnica Obligatoria, según lo disponga la autoridad jurisdiccional correspondiente, que en ningún caso podrá disponer un plazo de gracia mayor a los 12 meses contados desde el patentamiento inicial.
La VTV para las unidades particulares tendrá una vigencia efectiva de 24 meses contados a partir de la fecha de revisión, cuando la antigüedad del vehículo no exceda los 10 años desde su patentamiento inicial; para los vehículos de mayor antigüedad tendrá una vigencia efectiva de 12 meses.
Para estos casos la autoridad jurisdiccional puede establecer plazos mayores, salvo que se trate de vehículos que no sean de uso particular, para los cuales la vigencia no puede ser mayor a 12 meses.
Además, la VTV podrá ser realizada en cualquier taller, concesionaria o importador de vehículos, independientemente del lugar de radicación de la unidad, que sea capaz de corroborar técnicamente las condiciones mínimas requeridas para la calificación del estado del vehículo
Decreto de la Ley Nacional de Tránsito: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-196-2025-410682/texto .
Imágenes adicionales

2 de julio de 2025
Cargando otras noticias...