
Cristina Kirchner irá presa: lo resolvió la Corte Suprema al confirmar la condena por la causa Vialidad
También quedó inhabilitada para ejercer cargos públicos
Redacción Eldópolis
Tras largas y expectantes horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la condena contra la expresidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la causa "Vialidad". Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Ronsekrantz y Ricardo Lorenzetti confirmaron que la titular del PJ debe recibir la pena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por el delito de administración fraudulenta.
El fallo del máximo tribunal, que se extiende a lo largo de 27 páginas, rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner. De este modo, ratificó: "Confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública (arts. 174 inc. 5° y 45 del Código Penal)".
La Corte plantea que la sentencia condenatoria se encuentra "fundada en elementos probatorios suficientes, ponderados conforme las reglas de la sana crítica racional, y que los jueces del Tribunal Oral respetaron los principios del proceso penal acusatorio, sin incurrir en exceso jurisdiccional ni apartamiento palmario de la ley".
Además, señala que el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial no se ha visto conculcado por la participación de jueces cuya intervención fue oportunamente consentida y no objetada en tiempo y forma.
Asimismo, se consideró que no se ha acreditado la existencia de arbitrariedad en el razonamiento del tribunal de mérito, ni se ha configurado lesión constitucional manifiesta que amerite la intervención correctiva de esta instancia excepcional.
Se trata de un fallo histórico y unánime, y una sentencia firme. Se desestima el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de la expresidenta por falta de fundamentación autónoma:
No procede los planteos de violación de independencia, imparcialidad judicial y deber de objetividad del MPF.
No procede los planteos de violación al principio acusatorio.
No son procedentes los planteos relativos a la incorporación de hechos "no descriptos"
No hubo afectación al derecho de defensa respecto de la producción de prueba ni tampoco cosa juzgada
No hay gravedad institucional
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10 de junio de 2025
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