Vie, 22 de noviembre de 2024
Nacionales

El Gobierno dio marcha atrás y las aseguradoras podrán seguir brindando el servicio de grúas

El Gobierno optó este viernes por dar marcha atrás con la medida anunciada hace unos días, donde se iba a prohibir a las aseguradoras brindar servicio de grúa y remolque a sus asociados. La decisión, surge a partir de varios pedidos de informes y cuestionamientos por la medida, tanto de parte de usuarios, proveedores del servicio y algunos actores de la industria aseguradora.

La Resolución SSN 217/2024, que comenzaría a regir el 1 de julio, eliminaba la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.

La medida finalmente no entrará en vigencia ya que en los próximos días, probablemente el lunes, se publicará una nueva resolución que reincorpora la cláusula dada de baja por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), por lo que el servicio de remolque y grúas continuará en los mismo términos que se encontraba anteriormente.
«Se firmó una resolución que deroga la anterior, por lo que vuelve a estar el servicio de remolque y grúas en los mismos términos que estaba antes», indicaron fuentes de la SSN.

Una resolución que deroga a la anterior

A finales de abril, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SNN) anunció que las empresas de seguros de autos debían excluir los servicios de grúas o remolques y asistencia mecánica en todo el país. De todas formas, la SNN -a cargo de Guillermo Plate- confirmó este viernes la firma de la resolución 269/2024, que revierte la medida.

La Resolución 217/2024, publicada en el Boletín Oficial, había planteado el objetivo de desregular el sector, «proteger al ciudadano» y aumentar la competencia. Algunas compañías de seguros ya habían empezado a enviar a sus clientes cartas con la notificación de este cambio en el servicio prestado.

La modificación, de haber seguido adelante, implicaba además que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los «desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible». Así, solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de «accidente, incendio y robo y/o hurto».