El Gobierno publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica la fórmula de movilidad. Finalmente, las jubilaciones se ajustarán por la inflación que publica el INDEC a partir de julio, y en los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio.
A través de la Resolución 274/2024, el Gobierno cuestionó la fórmula vigente, aprobada en 2021 por iniciativa del entonces oficialista Frente de Todos, liderado por el ex presidente Alberto Fernández: «Presenta graves y serios inconvenientes en tanto no cubre suficiente ni razonablemente el riesgo inflacionario que afecta los beneficios de los adultos mayores, pues no tiene en cuenta la variación de los precios; presenta un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes; se basa en datos que no son de fácil acceso para el público, lo que dificulta su control por parte de la ciudadanía; y supedita el resultado de la movilidad al éxito que tenga el Estado con la recaudación impositiva, cuya volatilidad e incertidumbre atentan contra la estabilidad y la previsibilidad que se espera de una fórmula de movilidad jubilatoria».
«La pérdida del poder adquisitivo de las jubilaciones como consecuencia del flagelo de la inflación y la vigencia de una fórmula de actualización de los haberes deficiente e injusta constituyen un problema ineludible y urgente que no puede ser postergado», sostuvo el Poder Ejecutivo entre los considerandos de la norma. «El Estado Nacional ha tomado la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad a fin de garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación«, agregó.
De este modo, se fijó una nueva fórmula de movilidad jubilatoria y se aclaró que «en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario».
Sobre la entrada en vigencia de la nueva fórmula, el Gobierno explicó que la primera actualización en base al IPC que elabora el INDEC «se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio».
Hasta entonces, para los meses que quedan hasta que se haga efectiva la modificación, el Gobierno dispuso que “a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente”.
Cómo se ajustarán las jubilaciones a partir de abril
El mes próximo, el Gobierno otorgará un incremento extraordinario del 12,5% sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo y un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio, calculado en base a la inflación. Desde mayo, en tanto, los aumentos se aplicarán mediante un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, calculado también en base al IPC que elabora el Instituto.
En el DNU se aclaró que los incrementos dispuestos «serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente».
Es decir, que para julio se aplicará un incremento según el IPC de mayo, para agosto se tomará en cuenta el IPC de junio y así sucesivamente.
Una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido. En caso de que estos superen el aumento calculado según la fórmula mencionada en el primer párrafo de este artículo, no se descontará la diferencia, la que se considerará incorporada al haber. Si fueran menores a dicho aumento, se abonará la diferencia resultante.