El Gobierno Nacional modificó las condiciones que determinan la importación de motos incompletas y desarmadas que luego se ensamblan en el país, para propiciar que cada empresa decida su modelo de negocio -producción con integración local, ensamble y/o importación de vehículos terminados- de acuerdo a su volumen, diversidad de modelos, capacidad de desarrollo de proveedores, complejidad técnica y requerimientos de la casa matriz.
A través del Decreto presidencial 1069/24, el Gobierno redujo además el porcentaje de valor agregado local que deben aplicar las empresas que acceden al régimen, que establece una alícuota de 0% para la importación y ensamble de motos en el país. La medida busca promover el mercado de las motos, reducir los precios que pagan los consumidores por estos bienes -clave para la solución de la movilidad y la vida diaria y como elemento de trabajo- , promover una mayor oferta de productos a través de la competencia en el sector y alentar las inversiones.
Esta alícuota del 0% se aplica a la importación de vehículos incompletos, totalmente desarmados y que luego son ensamblados en el país. Para acceder a este régimen, las empresas importadoras deben sumarle a las motos autopartes de producción local al momento del ensamblado.
El Decreto establece que el valor agregado local mínimo referido que deberá alcanzar cada beneficiario, será del 5 % para el conjunto de la actividad.
Asimismo, cada modelo de vehículo que se importe en el marco de los beneficios contemplados el régimen deberá cumplir con un Valor Agregado Local Mínimo del 2%. El anterior esquema establecía un 11% de valor agregado local para 2025 incrementándose hasta un 14% en 2028.