Dom, 22 de diciembre de 2024
Provinciales

Montecarlo adhiere a la Ley que prohíbe cobro de SADAIC y AADI-CAPIF en eventos privados

En sesión extraordinaria,  los concejales montecarlenses aprobaron la adhesión a la Ley Provincial y Decreto Nacional sobre SADAIC y AADI CAPIF, por reproducir o ejecutar música en eventos de carácter privado.

¿De qué se trata la ordenanza?

El Concejo Deliberante de Montecarlo se suma al Decreto Nacional N.º 765/2024, que explica cómo aplicar las leyes sobre propiedad intelectual (Ley N.º 11.723) y también a una ley provincial (Ley N.º 134, antes Ley 4257).

¿Qué significan algunos términos importantes?

Uso público: Es cuando se comparte música, películas o cualquier obra en lugares abiertos al público, como plazas, bares o eventos.
Uso privado: Es cuando se usa en lugares cerrados y privados, como en una casa o reunión con acceso limitado.
Sociedades de gestión: Son grupos como SADAIC, AADI o CAPIF que protegen los derechos de los creadores y artistas.

¿Qué pasa con las entidades que gestionan los derechos?

Piden a SADAIC, AADI y CAPIF que respeten las reglas sobre lo que es público y privado. Si hay algún problema, deberán solucionarlo por las vías legales, sin cobrar directamente ni impedir eventos.

Si existen dudas el HCD ofrecerá un servicio gratuito para asesorar a quienes necesiten ayuda con estas normas. Esto se hará junto con la Oficina de Defensa del Consumidor de Montecarlo.