Este lunes, el Gobierno Nacional reglamentó una parte sustancial de la Ley de Modernización Laboral y definió el esquema operativo para varios de los cambios impulsados por la reforma aprobada por el Congreso.
La principal norma, el Decreto 407/2026, establece nuevas reglas para la negociación colectiva, agrega mecanismos de control sobre las organizaciones gremiales, redefine el funcionamiento de las empresas de servicios eventuales y oficializa un nuevo formato obligatorio para los recibos salariales.
Entre las novedades más relevantes, figura la incorporación de un apartado específico en los recibos de sueldo que deberá exhibir el costo laboral total que afronta el empleador, incluyendo aportes sindicales, contribuciones a la seguridad social, obra social, PAMI, aseguradoras de riesgos del trabajo y otros conceptos vinculados a la relación laboral.
También fija criterios para determinar cuándo un convenio colectivo podrá considerarse vencido y habilitar una nueva negociación. En los casos en que no haya una fecha de expiración expresamente establecida, la autoridad laboral podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026 para iniciar el procedimiento de renegociación.
- Controles sobre los sindicatos
Entre otros puntos, establece que los cuerpos directivos deberán mantener una proporción razonable respecto de la cantidad de afiliados cotizantes y habilita mecanismos de verificación mediante cruces de información con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y otras bases públicas.
También se modifican las condiciones para el uso del crédito horario sindical. Los representantes gremiales deberán comunicar al empleador con al menos 48 horas de anticipación el uso de esas horas y su ejercicio deberá compatibilizarse con la continuidad de las actividades de la empresa.
Digitalización laboral y licencias médicas
El decreto ratifica que la registración de trabajadores se realizará a través de los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que centralizará altas, bajas y modificaciones de datos laborales.
Además, las certificaciones médicas que indiquen reposo deberán emitirse por medios electrónicos mediante plataformas registradas y profesionales habilitados. En caso de diferencias entre el diagnóstico del trabajador y el control médico dispuesto por el empleador, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial o a instituciones especializadas.
También se establece que la ANSES deberá notificar a empleadores y agentes del sistema de salud sobre el inicio y la finalización de los trámites jubilatorios.
- Financiar indemnizaciones
Mediante el Decreto 408/2026, se reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta creada para ayudar a financiar el pago de indemnizaciones sin modificar el régimen vigente.
El decreto estableció cómo se conformarán y administrarán estos fondos, a quiénes alcanzarán, cómo se canalizarán los aportes y cuáles serán los procedimientos para la declaración, inversión y utilización de los recursos.
Beneficios para regularizar empleo no registrado
A través del Decreto 409/2026, se reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), destinado a incentivar la formalización de trabajadores no registrados o registrados de manera deficiente.
El esquema contempla una condonación de hasta el 90% de las deudas previsionales para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro. El beneficio será del 80% para medianas empresas y del 70% para el resto de los empleadores.
Cambios tributarios para alquileres de vivienda
También el Gobierno reglamentó modificaciones tributarias incorporadas en la reforma laboral. Mediante el Decreto 406/2026, precisó el alcance de las exenciones del Impuesto a las Ganancias para ingresos provenientes del alquiler de inmuebles destinados a vivienda y para determinadas operaciones de venta y transferencia de derechos sobre propiedades.
La norma establece que las ganancias obtenidas por la locación o sublocación de inmuebles destinados a casa habitación quedarán exentas para los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2026, incluso cuando los contratos se hayan firmado con anterioridad.



