Misiones cuenta desde este lunes con un nuevo marco legal para la tenencia responsable de perros potencialmente peligrosos. Se trata de la Ley XVIII N.º 45, sancionada por la Cámara de Representantes el pasado 25 de junio y promulgada por el gobernador Hugo Passalacqua mediante el Decreto 1195, que ya fue publicada en el Boletín Oficial.
La normativa busca regular la tenencia de este tipo de animales, crear mecanismos de identificación y registro, establecer condiciones para su circulación en la vía pública y reforzar la seguridad de las personas y otros animales.
No obstante, aunque la ley ya está vigente, varias de sus disposiciones comenzarán a aplicarse una vez que el Poder Ejecutivo dicte la reglamentación correspondiente.
Qué perros serán considerados potencialmente peligrosos
La ley no solo alcanza a determinadas razas, sino también a perros que hayan protagonizado ataques a personas u otros animales, presenten conductas agresivas comprobadas o hayan sido adiestrados para el ataque o la defensa.
Además, incluye una lista de razas y sus cruzas, entre ellas:
- Pit Bull
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Doberman
- Bull Terrier
- Pastor Alemán
- Presa Canario
- Akita Inu
- Cane Corso
- Fila Brasileño
- Bullmastiff
- Tosa Inu
- Mastín Napolitano
La autoridad de aplicación podrá ampliar o modificar este listado mediante criterios técnicos.
- Registro provincial y microchip
Uno de los principales puntos de la ley es la creación del Registro Provincial Digital de Perros Potencialmente Peligrosos, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Gobierno.
Los propietarios deberán inscribir a sus animales dentro de los 90 días desde la entrada en vigencia de la norma o desde que adquieran la tenencia del perro.
También se establece que cada ejemplar deberá contar con un microchip subcutáneo —o una tecnología equivalente— colocado por un veterinario matriculado.
Sin embargo, tanto el funcionamiento del registro como la implementación del sistema de identificación dependerán de la reglamentación que dicte el Ejecutivo.
Nuevas obligaciones para los propietarios
Cuando el régimen entre plenamente en funcionamiento, los perros alcanzados por la ley deberán circular en espacios públicos con:
bozal adecuado a su tamaño y morfología;
correa no extensible de hasta 1,50 metro;
una persona mayor de 18 años con capacidad para controlarlos.
Además, los menores de edad no podrán pasearlos solos y una misma persona no podrá conducir más de un perro potencialmente peligroso al mismo tiempo, salvo los paseadores habilitados, que podrán llevar hasta dos.
La normativa también obliga a contar con instalaciones seguras en los domicilios para evitar fugas o el contacto no controlado con terceros.
- Seguro obligatorio
La legislación incorpora la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que el animal pueda ocasionar a personas, otros animales o bienes.
La presentación de esa póliza será un requisito para inscribir y mantener al perro en el Registro Provincial, aunque su exigencia también dependerá de la reglamentación.
- Capacitación para propietarios
La ley dispone que el Ministerio de Gobierno implemente programas de capacitación sobre tenencia responsable, manejo seguro y prevención de situaciones de riesgo.
Estos cursos serán obligatorios para los propietarios de perros cuya peligrosidad haya sido determinada mediante resolución administrativa y podrán dictarse de manera presencial o virtual.
- Controles y sanciones
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Gobierno, con asistencia técnica del Consejo Profesional de Médicos Veterinarios de Misiones.
Además, la Policía podrá intervenir y secuestrar preventivamente un animal cuando exista un riesgo grave para la seguridad pública o cuando el propietario incumpla las obligaciones previstas en la norma.
Entre las sanciones contempladas figuran apercibimientos, multas, retención preventiva del perro, suspensión temporal de la tenencia e incluso la prohibición definitiva de poseer este tipo de animales en casos de reincidencia grave.
No obstante, la escala de multas y los procedimientos administrativos serán definidos una vez que el Poder Ejecutivo reglamente la ley.
Una ley vigente, pero con aplicación progresiva
Con la entrada en vigencia de la Ley XVIII N.º 45, Misiones incorpora por primera vez un régimen provincial específico para la tenencia responsable de perros potencialmente peligrosos.
Si bien el marco legal ya comenzó a regir, gran parte de sus obligaciones —como el registro, el microchip, el seguro obligatorio y el régimen sancionatorio— se implementarán de manera progresiva una vez que sean reglamentadas por el Poder Ejecutivo.



