La ANSES informó que prorrogó hasta el 2 de julio de 2027 el esquema que obliga a mujeres a realizar de manera presencial el trámite para acceder a la Asignación por Embarazo para Protección Social.
La decisión quedó oficializada en el Boletín Oficial del lunes 6 de julio, mediante la Resolución 194/2026, con la firma del director ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Guillermo Héctor Arancibia. De esta manera, se extendió por un año la prórroga que vencía el 2 de julio de 2026 y se mantendrá vigente el mecanismo excepcional implementado por el organismo.
La medida alcanza a los casos en los que el organismo no dispone de la información correspondiente a la inscripción en el Programa Sumar y busca garantizar el acceso a la prestación mientras continúan las tareas para mejorar el intercambio de datos con el Ministerio de Salud.
Qué cambia para solicitar la Asignación por Embarazo
La resolución establece que continuará vigente hasta el 2 de julio de 2027 el plazo previsto en la normativa anterior, que obliga a realizar la gestión en forma presencial cuando ANSES no cuente con la información de las mujeres que están inscriptas en el Programa Sumar.
Según explica la resolución, la prórroga responde a que "aún no han concluido las acciones destinadas a optimizar los mecanismos de intercambio de información entre el Ministerio de Salud y esta ANSES". Por ese motivo, consideró necesario mantener el procedimiento excepcional hasta que ese proceso pueda completarse.
Qué aspectos de la prestación no cambian
La resolución no modifica las condiciones de acceso a la prestación ni los requisitos establecidos por la Ley 24.714 y sus normas complementarias. La única modificación consiste en extender el plazo durante el cual seguirá vigente el trámite presencial para los casos alcanzados por esta situación.
Además, recuerdan que entre la semana 12 y la finalización del embarazo se liquida mensualmente el 80% del monto de la asignación. El 20% restante se abona en un único pago una vez finalizado el embarazo, siempre que se acrediten los controles médicos de seguimiento previstos en el Programa Sumar y la documentación correspondiente.

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