El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas ordenó suspender las obras de refulado de arena en la Isla del Medio, en el río Paraná, al hacer lugar a una medida cautelar de no innovar en el marco de una acción de amparo ambiental.
La resolución se dictó a partir de una presentación realizada por la Asociación Civil Orembaé, a través de su apoderado legal Martín Ferroni, con el objetivo de frenar trabajos de relleno, movimientos de suelo y disposición de materiales no autorizados, entre ellos neumáticos en desuso.
En la demanda, la organización sostuvo que las intervenciones se llevaban adelante sin estudios de impacto ambiental ni la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), requisitos establecidos por la normativa vigente.
El fallo señala que existen elementos que acreditan, de manera preliminar, la ejecución de obras sin cumplir con los procedimientos ambientales obligatorios, lo que configura una situación de ilegalidad manifiesta.
Asimismo, el juzgado evaluó el riesgo de daño ambiental y la posibilidad de que sus efectos resulten de difícil o imposible reversión, por lo que consideró cumplidos los requisitos para dictar la medida cautelar.
La resolución dispone mantener el estado actual de la Isla del Medio hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo y ordena a la Prefectura Naval Argentina realizar tareas de control y vigilancia para garantizar el cumplimiento de la medida.
La decisión también alcanza a la Asociación de Protectores de la Isla del Medio (Apim) y a la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), a quienes se atribuyen las obras cuestionadas y que deberán ser notificadas formalmente.
Tras conocerse el fallo, el abogado Martín Ferroni señaló que la medida representa un resguardo del derecho de participación ciudadana y remarcó la importancia de evitar daños ambientales irreversibles mientras avanza el proceso judicial.


