El gobernador, Hugo Passalacqua, estableció un nuevo límite para las deducciones voluntarias aplicadas sobre los haberes de empleados públicos y jubilados de Misiones. A partir del Decreto N.º 1751/26, esos descuentos no podrán superar en conjunto el 30% del ingreso mensual neto, una vez realizadas las retenciones obligatorias.
La disposición también incorpora restricciones sobre las tasas de interés y el Costo Financiero Total (CFT) de los préstamos gestionados mediante el Centro Único de Administración de Descuentos (CUAD), además de mayores exigencias de información para las entidades que utilizan códigos de descuento.
La Provincia fundamentó la decisión en el incremento de las dificultades para cumplir con obligaciones crediticias y en la necesidad de evitar situaciones de sobreendeudamiento. Entre los datos incluidos en la normativa se menciona que la morosidad del crédito llegó al 12,7%, según información del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
El gobernador relacionó la medida con el escenario económico nacional y explicó que apunta especialmente a quienes recurren al financiamiento en un contexto de elevado endeudamiento.
“En el país la cosa no está fácil, lo sabemos todos. Por eso tomé la decisión, vía un decreto, para aquellas personas que van a tomar un crédito porque están sobreendeudadas con la situación”, sostuvo el mandatario.
Del 39% al 30%: el nuevo límite sobre los haberes
La modificación profundiza una medida adoptada anteriormente por el Gobierno provincial. En una primera etapa se había fijado en 39% el máximo permitido para los descuentos correspondientes a nuevos créditos con código de descuento, acompañado por alternativas de asistencia y refinanciación para las personas con mayor nivel de afectación de sus ingresos.
A fines de agosto, la Provincia había anticipado que ese porcentaje volvería a reducirse. Con la entrada en vigencia del Decreto N.º 1751/26, el máximo pasa ahora al 30% del haber mensual neto luego de descontar las obligaciones correspondientes.
El objetivo establecido en la normativa es preservar una mayor proporción de los ingresos disponibles de los agentes activos y pasivos y reducir los riesgos derivados del endeudamiento.
Passalacqua indicó que entre los sectores alcanzados se encuentran trabajadores de seguridad, educación y salud pública, entre otros. “Todo lo hacemos en salvaguarda del bolsillo de la querida familia misionera”, afirmó.
Cómo se limitarán las tasas de los créditos
El decreto incorpora además parámetros específicos para los préstamos, mutuos y otras financiaciones destinadas a agentes comprendidos en el CUAD cuya devolución se efectúe directamente mediante códigos de descuento.
Para las nuevas operaciones, la Tasa Nominal Anual (TNA) no podrá ubicarse por encima del promedio mensual de los préstamos personales informado por el BCRA. Como referencia deberá utilizarse el último promedio disponible previo al otorgamiento del crédito.
El Costo Financiero Total, expresado como Tasa Nominal Anual, tampoco podrá exceder en más de un 40% el máximo establecido para esa TNA de referencia.
Dentro del CFT deberán quedar incluidos todos los conceptos vinculados con la operación: intereses, impuestos —incluido el IVA cuando corresponda—, seguros, comisiones, gastos administrativos y cualquier otro cargo relacionado directa o indirectamente con el financiamiento.
De esta manera, las entidades no podrán cobrar posteriormente conceptos adicionales que no hayan sido previamente informados y computados dentro del Costo Financiero Total autorizado.
Al referirse a las condiciones crediticias, Passalacqua señaló: “La tasa de interés, a la mitad. Además, avisarle antes al usuario de cuánto va a ser ese descuento para que su vida sea previsible”.
Las entidades deberán informar el costo completo antes de otorgar el préstamo
Otro de los puntos incorporados por el decreto está relacionado con la transparencia de las operaciones. Antes de concretar un crédito, las entidades deberán comunicar al solicitante cuánto dinero recibirá efectivamente y cuál será el monto total que terminará devolviendo.
También tendrán que detallar la cantidad y el valor de las cuotas, las tasas utilizadas, el CFT, las comisiones, seguros, gastos administrativos y cualquier otro cargo contemplado en la operación.
A su vez, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes deberán presentar ante el CUAD las tasas, costos y condiciones correspondientes a los créditos ofrecidos durante ese período, junto con las condiciones efectivamente aplicadas en el mes anterior.
Esa información tendrá carácter de declaración jurada. Las entidades deberán contar además con documentación que respalde los datos presentados y ponerla a disposición cuando sea requerida.
En caso de incumplimientos de las obligaciones o de los límites previstos por la normativa, el código de descuento podrá ser suspendido luego de la correspondiente intimación y verificación.
Qué ocurrirá con los créditos anteriores al decreto
Los nuevos parámetros financieros alcanzarán a los préstamos, mutuos y financiaciones celebrados desde la entrada en vigencia de la normativa. También serán aplicables cuando posteriormente se realicen renovaciones, refinanciaciones o novaciones.
Los créditos contratados previamente conservarán las condiciones pactadas originalmente. Sin embargo, el decreto contempla alternativas para adaptar el peso de sus descuentos al nuevo máximo del 30%.
Para esos casos, las entidades deberán procurar acuerdos con los agentes activos o pasivos que permitan refinanciar o reestructurar las obligaciones. Entre las alternativas previstas figura la extensión de los plazos y, cuando corresponda, la modificación de las condiciones financieras.
La reestructuración no podrá generar condiciones más perjudiciales para el deudor y deberá orientarse a que las deducciones mensuales puedan quedar comprendidas dentro del nuevo porcentaje permitido.
Con el Decreto N.º 1751/26, Misiones profundiza así el esquema iniciado con el límite del 39%: reduce al 30% la afectación máxima de los haberes por deducciones voluntarias, incorpora parámetros para las tasas y el costo financiero de los créditos y establece mayores obligaciones de información y control para las entidades que utilizan códigos de descuento.


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