Desde septiembre comenzó a regir el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece un sistema específico de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años. La normativa contempla procedimientos y garantías diferenciadas respecto de los adultos y establece que la privación de la libertad debe ser utilizada como última instancia.
El presidente del Colegio de Abogados, Antonio López Forastier, explicó que los adolescentes comprendidos en ese rango de edad podrán responder ante la Justicia por delitos contemplados en el Código Penal, aunque bajo un procedimiento especial.
“Los menores desde los 14 años y hasta los 18 años quedan dentro de este régimen de responsabilidad penal que tiene ciertas características específicas y responden frente a cualquiera de los delitos tradicionales que conocemos nosotros en la vida cotidiana”, señaló.
El abogado aclaró que esto no significa que los adolescentes sean sometidos al mismo procedimiento que una persona adulta. “Se aplican los delitos del Código Penal de los adultos, pero a través de un procedimiento específico que es esta ley de responsabilidad penal juvenil”, explicó.
La privación de la libertad, como última instancia
Uno de los principales aspectos del nuevo régimen es la incorporación de medidas alternativas a la privación de la libertad. Entre ellas, López Forastier mencionó la amonestación, las prohibiciones de acercamiento a una víctima, de conducir vehículos, de concurrir a determinados lugares o espectáculos y, en determinadas circunstancias, de salir del país.
También se contempla la utilización de dispositivos de monitoreo electrónico y otras medidas orientadas a la protección del adolescente y a la reparación de la situación generada.
“Lo que se busca es evitar la sanción privativa de libertad a través de una serie de pasos previos donde pone a un menor bajo el ojo de la Justicia y le pide el cumplimiento de determinadas medidas”, sostuvo.
En ese sentido, remarcó que la regla general es evitar la detención y que el encierro debe quedar reservado para situaciones excepcionales.
“Queda sometido desde los 14 años y todo bajo un régimen de regla general de no detención, y si la privación de libertad es la última decisión, así lo establece la legislación”, afirmó.
Los adolescentes no podrán ser alojados en comisarías
Otro de los puntos destacados por López Forastier es dónde deben permanecer los adolescentes cuando existe una intervención policial.
“Los menores que se han detectado en infracción con la ley penal de entre los 14 a los 18 años no van a las comisarías. De ninguna manera y bajo ninguna circunstancia pueden ingresar a una celda a una comisaría ni compartir con mayores de edad”, enfatizó.
Ante una intervención, el adolescente deberá quedar a disposición de las autoridades judiciales correspondientes, que determinarán las medidas a seguir.
En Posadas, uno de los espacios que tendrá un papel central será el Centro Interdisciplinario CEMOAS, donde trabajan integrantes del Servicio Penitenciario, psicólogos, trabajadores sociales y otros profesionales destinados a brindar contención.
“La temática de menores camina por un andarivel distinto”, afirmó el abogado, al remarcar la necesidad de evitar cualquier contacto entre adolescentes y personas adultas privadas de su libertad.
Qué puede ocurrir ante un delito durante la estudiantina
El nuevo régimen también alcanza situaciones que pueden presentarse en ámbitos cotidianos y eventos multitudinarios, como la estudiantina.
López Forastier explicó que si un adolescente de entre 14 y 18 años es señalado como presunto autor de un delito, por ejemplo daños o lesiones, puede quedar a disposición de la Justicia.
“Cualquier menor de 14, entre 14 y 18, que entra perfectamente en la categoría de todos los que participan de la estudiantina, que transgreda o cometa o se presuma que estuvo en condición de cometer un delito, por ejemplo, puede ser de daños, puede ser algún tipo de lesión grave”, explicó.
El abogado diferenció además las lesiones leves de las graves y señaló que, en determinados casos, la intervención judicial depende de la existencia de una denuncia.
Ante un hecho detectado por la Policía, las autoridades deberán comunicarlo al juez correccional, quien determinará las medidas correspondientes. Entre las alternativas se encuentra el traslado al CEMOAS, la entrega del adolescente a un adulto responsable o la continuidad de una investigación judicial.
Un proceso con garantías y derecho a la defensa
López Forastier también destacó que los procesos que involucren a adolescentes tendrán carácter reservado, especialmente en lo relacionado con su identidad.
Además, tendrán derecho a contar con asistencia legal y a ejercer las garantías de defensa previstas por la normativa.
“Es una normativa que está repleta de garantías para los menores, pero que hay que exigirlas”, sostuvo.
En ese sentido, recomendó a los padres y adultos responsables recurrir a un abogado de confianza ante cualquier situación en la que intervenga un adolescente, incluso cuando finalmente pueda resultar ajeno al hecho investigado.
“Tiene todas las garantías de defensa, tiene la posibilidad de asignar su abogado, así que ejerza ese derecho y que sepa, como cuestión general, que no pueden estar dentro de las celdas”, remarcó.
Misiones trabaja en la adaptación del nuevo sistema
La implementación del régimen requiere coordinación entre los distintos organismos provinciales. En ese marco, el Colegio de Abogados mantiene reuniones con autoridades policiales y judiciales para establecer criterios comunes de actuación.
“Estamos trabajando en forma conjunta porque hace poco tuve una charla con el jefe de la Policía como para coordinar y dejar en claro ciertas cosas que todos los que estamos involucrados alrededor de la temática sepamos cuáles son las reglas”, indicó López Forastier.
Además, señaló que se trabaja en un protocolo de comunicación para que los abogados puedan informar rápidamente cualquier incumplimiento que detecten durante una intervención.
El presidente del Colegio de Abogados consideró que, más allá del debate generado por la modificación de la edad de responsabilidad penal, el nuevo sistema representa un cambio respecto del régimen anterior.
“Creo que es un avance en relación al régimen legal que se tenía, que era un régimen de la época de la dictadura”, concluyó.



