El juez Diego Amarante rechazó este lunes los pedidos de nulidad presentados por el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, y el tesorero de la entidad, Pablo Toviggino, en la causa en la que ambos son
investigados por la presunta retención indebida de aportes.
Con esta resolución, el magistrado ratificó la continuidad del proceso y dejó firmes las indagatorias previstas para esta semana. Según el cronograma establecido, Toviggino deberá declarar el 11 de marzo, mientras que Tapia está citado para el jueves 12.
En su fallo, Amarante desestimó los planteos de las defensas, que argumentaban la inexistencia de delito y solicitaban suspender el llamado a indagatoria debido a un recurso pendiente de resolución ante la Cámara. El juez sostuvo que la existencia de ese recurso no representa un impedimento jurídico para avanzar con el trámite de la investigación.
Además, el magistrado indicó que los cuestionamientos planteados por los abogados defensores se basan en discrepancias sobre el momento y la procedencia de la convocatoria a indagatoria, pero no evidencian una restricción efectiva del derecho de defensa ni la vulneración de garantías constitucionales que justifiquen la nulidad del acto.
La investigación se inició a partir de una denuncia presentada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que actúa como querellante en el expediente. Según el ente recaudador, la AFA habría retenido tributos y aportes correspondientes a la seguridad social sin depositarlos en el fisco dentro de los plazos establecidos por la ley.
De acuerdo con la denuncia, se detectaron retenciones impositivas y aportes previsionales que no habrían sido ingresados dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores al vencimiento.
Los períodos bajo análisis abarcan desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025 e incluyen retenciones correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA), al Impuesto a las Ganancias y a contribuciones previsionales.
En la denuncia inicial, el monto no ingresado fue estimado en $7.593.903.512,23. Posteriormente se incorporaron otros $11.759.643.331,62, lo que eleva el total investigado a más de $19.300 millones.
Desde ARCA señalaron que estas maniobras podrían encuadrarse en el delito de omisión por parte de un agente de retención. El organismo sostuvo que los importes retenidos no constituyen fondos propios del contribuyente, sino recursos que pertenecen al Estado desde el momento mismo de la retención.
En términos penales, esta figura prevé penas de entre dos y seis años de prisión para el agente de retención que no deposite, total o parcialmente, dentro de los 30 días corridos posteriores al vencimiento, el tributo retenido o percibido, siempre que el monto no ingresado supere los $100.000 por mes.



