Mediante la Resolución 395/2020, el Ministerio de Ecología dispuso la veda total para la pesca, tanto deportiva como comercial, en la jurisdicción provincial de los ríos Paraná e Iguazú y todos su afluentes.
La prohibición de capturar cualquier especie íctica tendrá vigencia a partir de las 00:00 horas del día 5 de octubre de 2020 hasta las 24:00 horas del 21 de diciembre del 2020.
El objetivo es proteger a las distintas especies en su periodo de reproducción, que transcurre en esta época del año.
Queda excluida de esta medida la pesca de subsistencia, entendiendo por ella a la “practicada por el pescador desde la costa con línea de mano, destinada a su consumo y al de su familia, prohibiéndose totalmente la comercialización de dicho producto”. Para ello, igualmente, se deberá contar con los correspondientes permisos emitidos por este ministerio.
Veda para el Río Uruguay
Cabe recordar que el pasado jueves 1° de octubre, el Ministerio de Ecologia dispuso la veda total para la pesca, tanto deportiva como comercial, en la jurisdicción provincial del río Uruguay y todos su afluentes.
La prohibición de capturar cualquier especie íctica tiene vigencia a partir de las 00:00 horas del 1° de octubre de 2020 hasta las 24:00 horas del 31 de enero del 2021.