El Gobierno anunció extensión de restricciones en zonas de riesgo y alarma epidemiológica
Nacionales

El Gobierno anunció extensión de restricciones en zonas de riesgo y alarma epidemiológica

El presidente Alberto Fernández anunció esta mañana que las restricciones aplicadas hace dos semanas ante el aumento de casos de coronavirus en el país se extenderán por lo menos hasta el 21 de mayo, así como la suspensión de clases presenciales en los distritos de alto riesgo epidemiológico, como el AMBA.

Así, estas son las medidas generales en todo el país:

  • Viajes grupales: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
  • Reuniones sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
  • Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

En zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio:

  • Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

En zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico

  • Se prohíben reuniones sociales
  • Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas
  • Se mantendrán cerrados casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
  • Deportes: la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas
  • Horario de cierre del sector gastronómico: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs
  • Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
  • Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
  • Circulación: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria

Actividades suspendidas:

  • Se mantendrán cerrados centros comerciales, shoppings, casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
  • Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
  • Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
  • Restricción en ámbito educativo: Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.
  • Deportes: se prohíben los deportes grupales.
  • Horario de cierre del sector gastronómico: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
  • Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
  • Transporte público: solo para esenciales y autorizados.