El Gobierno prorrogó por otros 60 días la prohibición que rige para las empresas de efectuar despidos sin justa causa, o bajo el pretexto de fuerza mayor, en el marco de la pandemia de coronavirus. La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial mediante la Resolución 475/2020.
La medida incluye la «prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, las pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación».
La prohibición implica que en caso de despido se debe ir a juicio y el resultado será la reinstalación y el pago de salarios durante el tiempo que no se cobró. En el caso de los no registrados, la situación judicial es más difícil porque tendrán que demostrar el vínculo laboral.
Esto extiende a todos los trabajadores la situación de protección contra despidos que tienen delegados sindicales o la imposibilidad de despedir por razones de discriminación.