El Gobierno resolvió este martes suspender hasta el próximo 30 de septiembre cualquier tipo de elección en los sindicatos y prorrogar por 180 días a partir de esa fecha el mandato de aquellas autoridades gremiales que hayan vencido después del 16 de marzo. La decisión se hizo efectiva a partir de la Resolución 489/2020 publicada en el Boletín Oficial.
Además, estableció que los otros actos protocolares de cada organización se podrán hacer de manera virtual.
Mediante la Resolución, firmada por el secretario de Trabajo Marcelo Bellotti, se extiende una medida que ya había tomado el Poder Ejecutivo cuando se decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio a raíz del avance del COVID-19 en la Argentina.
“Suspéndanse a partir del dictado de la presente y hasta el 30 de septiembre de 2020 los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación”, ordena el primer artículo del texto.
En una segunda parte, se prorrogó “por 180 días a partir del 30 septiembre de 2020 los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos” de todas estas organizaciones, así como también los cargos de “los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares”, siempre que hayan vencido después del 16 de marzo pasado.
La única excepción a esta norma se da en el caso de los sindicatos “que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad” a esa fecha.
En la normativa, del Ministerio de Trabajo de la nación, también se aclaró que cualquier otro acto que sea necesario para el normal funcionamiento del gremio, podrá realizarse “de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizado el plazo de vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO)”.