Por Ordenanza N° 090/2.016 el Concejo Deliberante declaró a la ciudad de Eldorado como Municipio libre de pirotecnia. La misma rige desde el 1 de enero de 2017 y desde entonces está prohibida la comercialización, tenencia, uso, depósito, circulación y transporte de elementos de artículos de pirotecnia dentro del ejido municipal de Eldorado.
A efectos de compatibilizar la denominación contemplada por esta Ordenanza y la Ley Nacional Nº 20.429, se entenderán como sinónimos los términos “artículos de pirotecnia” y “artificios pirotécnicos”.
Dicha Ordenanza establece además que el departamento Ejecutivo Municipal deberá sancionar a las personas o comercios que no cumplan con lo expuesto. Para dicha tarea ya están trabajando los inspectores que recorrerán comercios como así también barrios a fin de controlar que se cumpla lo dipuesto.
La violación a la prohibición contenida en la presente Ordenanza en el caso de particulares será sancionada con una multa equivalente a 15 Unidades Fiscales, y en caso de reiterarse la infracción se duplicará la multa.
La infracción por parte de los comercios será sancionada con una multa de 100 Unidades Fiscales y el decomiso de la mercadería, y en caso de reiterarse la infracción se duplicará la multa, correspondiendo además a la clausura del comercio por 5 días hábiles.
Se exceptúa la realización de grandes espectáculos de fuegos de artificios, destinados a entretenimientos de la comunidad o conmemoración de eventos especiales, autorizados previamente por el D.E.M., además quedan excluidos la utilización de artificios pirotécnicos para señales de auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las fuerzas de seguridad y/o defensa civil.
Cabe destacar que el uso de pritecnia conlleva ciertos peligros que implica el uso irresponsable de pirotecnia, como así también el daño que produce tanto en los seres humanos como en los animales y medio ambiente.
Por ello en sus considerandos la Ordenanza N° 090/2.016 hace hincapié en las consecuencias que el uso de pirotecnia deja en niños y adolescentes por los accidentes que suele provocar, y los trastornos que causan en los niños que padecen TEA (Trastornos del Espectro Autista).
Asimismo se detallan las recomendaciones de distintos organismos nacionales e internacionales (Organización Mundial de la Salud; Sociedad Argentina de Pediatría; Organización Panamericana de la Salud; etc.) que recomiendan la no utilización de artículos pirotécnicos debido a las secuelas permanentes que pueden provocar en la salud; y detalla distintos estados y municipios que ya adoptaron normas prohibiendo su utilización.
Ordenanza N° 090/2.016: O-090.16_Declara a la Ciudad de Eldorado Municipio Libre de Pirotecnia y prohibe comercialización.doc