Empieza la cuarentena administrada con actividades exceptuadas en algunas provincias
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Empieza la cuarentena administrada con actividades exceptuadas en algunas provincias

El Gobierno nacional dará comienzo este lunes a una nueva etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio: la llamada «cuarentena administrada». Con ella, once nuevas actividades estarán habilitadas a desarrollarse en 22 distritos de la Argentina. No obstante, desde el Ejecutivo indicaron que esta flexibilización de las restricciones se llevará a cabo con extrema cautela y estará sujeta a controles rigurosos.

 

La cuarentena administrada, dispuesta a través de una resolución administrativa de la Jefatura de Gabinete, alcanza a las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, San Luis, Misiones y a la ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

A través de esta medida, el Ejecutivo buscará reactivar de manera parcial la economía sin perder de vista el achatamiento conseguido en la curva de contagios.

 

Actividades exceptuadas

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las provincias, de CABA y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.