El Gobierno habilitó un nuevo permiso especial de circulación para que aquellas personas que se encuentren realizando el aislamiento social, preventivo y obligatorio lejos de sus casas puedan regresar en autos particulares a sus respectivos domicilios declarados.
El permiso estará vigente desde este sábado 18 hasta el martes 21 de abril, y solo se podrá hacer en vehículos particulares, vía terrestre. No están autorizados los micros de larga distancia. Tiene una vigencia de 48 horas.
Todo lo que hay que saber sobre el nuevo permiso excepcional:
¿Quién tiene que gestionarlo? Un responsable del grupo que se traslada.
¿Qué habilita la declaración jurada? La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia.
¿Cuál debe ser el destino del permiso? El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio
¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? Sí
¿Cuánta gente se puede trasladar? La capacidad permitida por el vehículo.
¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo? Sí.
¿Se pueden alquilar vehículos? No.
¿Se habilita el transporte de media y larga distancia? No.
¿Por qué se anuncia con poca anticipación? Para desalentar la circulación de casos injustificados.
¿Por qué se toma la decisión hoy? Porque con seguridad los pasajeros cumplieron los 14 días de aislamiento recomendado para prevenir la propagación del coronavirus y podrán trasladarse de modo seguro para toda la población.
¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales? El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades
Boletín oficial ↓
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227985/20200418