IFE: Anses aclaró que los reclusos no pueden cobrarlo y dispuso nuevos requisitos para menores de 25 años
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IFE: Anses aclaró que los reclusos no pueden cobrarlo y dispuso nuevos requisitos para menores de 25 años

El gobierno Nacional informó este jueves modificaciones en relación al alcance y las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), el bono de $10.000 dispuesto para mitigar las duras consecuencias económicas de la pandemia en la economía social.

El beneficio se implementó desde abril a través de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) y hasta ahora, que comenzó a abonarse la tercera edición, accedieron unas 8,9 millones de personas.

Este jueves, a través de la Resolución 16/2020, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social introdujo, «a fin de poder fortalecer la llegada a los sectores más vulnerables», varias modificaciones a las condiciones originales

Presos

Uno de los aspectos que el texto aclara es que los reclusos no podrán acceder al beneficio. Esto se especificó porque, en varias oportunidades, hubo casos de personas privadas de la libertad que intentaron a través de un familiar o los propios abogados, cobrar el bono. Incluso a fines de junio en Tucumán trascendió un listado de 17 detenidos autorizados para recibir la ayuda estatal

En su momento el gerente regional del NOA de la Anses Jesús Samil, aclaró que los reclusos no estaban contemplados por la medida, pero que el sistema los aprobó porque el entrecruzamiento de datos se realiza con la AFIP y Migraciones, pero no con información de la Justicia.

Por eso, la resolución especifica que «las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2° (del texto original)».

Menores de 25

Otro de los cambios introducidos se refiere a los menores de 25 años. En este caso, «cuando el domicilio de residencia registrado en la Anses sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente», puntualiza la disposición.

Desde que se implementó el beneficio, el gobierno aclaró que el organismo previsional podía solicitar a la AFIP datos de los solicitantes para avalar las solicitudes. Pero ahora se determinó que, de acá en adelante, ese entrecruzamiento se hará en todos los casos. «La Administración Nacional de la Seguridad Social requerirá a la AFIP la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud», especifica.

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