Los empleadores que requieran la asistencia estatal para hacer frente a los sueldos de los trabajadores tienen tiempo hasta el 3 de julio para inscribirse.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este viernes la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y de la Producción (ATP) para el pago de salarios de junio.
De esta forma el Gobierno sostendrá la ayuda económica para las empresas que hayan sido afectadas por la pandemia de coronavirus, aunque habrá algunos cambios. La asistencia cubrirá hasta dos salarios mínimos, vitales y móviles, en las zonas donde continúe el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO). Y será menor en las localidades con Distanciamiento Social (DISPO).
El programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) se mantendrá para regiones que continúen bajo aislamiento social. Estarán comprendidos el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), el departamento de San Fernando (Chaco), Bariloche y General Roca (Río Negro), Rawson (Chubut), la Ciudad de Córdoba y Gran Córdoba.
En las zonas del país que hayan pasado del aislamiento al distanciamiento social, con mayores flexibilizaciones para la actividad productiva, el programa ATP abarcará menos empresas. Aquellas mayores a 800 empleados quedarán excluidas. Para las firmas de este tamaño, habrá disponibles créditos bancarios a tasa de 24% anual. La ayuda salarial, en estas regiones, será de hasta un salario mínimo.
La decisión administrativa con las condiciones del nuevo ATP ya tiene firma, pero aun no fue publicada en el Boletín Oficial (BO). Objetivamente, las empresas todavía no conocen si cumplen con los requisitos para acceder a la ayuda.
Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio tienen tiempo hasta el 3 de julio, inclusive, para inscribirse con clave fiscal en afip.gob.ar.
Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores. Los criterios para acceder al salario complementario correspondiente a junio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU por cada uno de sus trabajadores y trabajadoras. No es necesario que se trate de una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria en la que el trabajador figure como titular o cotitular.