Estarán en Puerto Pinares, Puerto Mado y Puerto Iguazú. Así lo establece la Resolución General 4904/2021 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, publicada en el Boletín Oficial de la Nación.
El instrumento establece la delimitación de las Zonas Primarias Aduaneras de Puerto Iguazú, Puerto Pinares y Puerto Mado, en jurisdicción de la División Aduana de Iguazú. Resolución General Nº 288.
En el mismo se recuerda que la Resolución General N° 355 estableció los criterios y procedimientos que deben observarse para la delimitación de las Zonas Primarias Aduaneras en las Aduanas del Interior.
Además, la Resolución General Nº 288 determinó los límites de las Zonas Primarias Aduaneras en jurisdicción de la Aduana de Iguazú.
En tal sentido, se observa que resulta necesario incorporar como Zonas Primarias Aduaneras en jurisdicción de la referida Aduana, los lugares operativos correspondientes a Puerto Iguazú, Puerto Pinares y Puerto Mado, a fin de establecer los perímetros en donde es ejercido el control aduanero.
Atento a que se encuentran cumplidos los requisitos establecidos en la normativa vigente para la habilitación de las referidas zonas como Zonas Primarias Aduaneras, resulta necesario fijar los límites de las mismas.
Asimismo, menciona que los perímetros propuestos reúnen las condiciones requeridas para sus respectivas determinaciones como Zonas Primarias Aduaneras, en los términos del artículo 5° del Código Aduanero.
En el texto se indica que se tomó la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
En tal sentido, la norma se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello, la Afip resolvió determinar los límites de las Zonas Primarias Aduaneras Puerto Iguazú, Puerto Pinares y Puerto Mado, en jurisdicción de la División Aduana de Iguazú, Provincia de Misiones.
También se habilitan los predios indicados en al Artículo 1º como Zonas Primarias Aduaneras, en los términos del artículo 5° del Código Aduanero.
La Resolución publicada en el Boletín Oficial lleva la firma de la Directora de la Afip, Mercedes Marco del Pont.
Fuente: Noticias del 6